Ventana Emergente

lunes, 6 de octubre de 2014

INGRESOS QUE GRAVAN IMPUESTO A LA RENTA.

INGRESOS QUE GRAVAN IMPUESTO A LA RENTA

LORTI ARTICULO 8. (RESUMEN)

El impuesto a la renta es aquel que perciban los ecuatorianos y extranjeros por realizar actividades, salvo las personas naturales que no residen en el país cuando su remuneración es pagada por sociedades extranjeras y forman parte de los ingresos percibidos”...”, o cuando  han sido pagados en el exterior sin cargo al gasto de sociedades domiciliadas en Ecuador.

Valores que sean pagados a ecuatorianos y/o extranjeros por sus actividades en el exterior, cuando provengan de personas o sociedades con domicilio en Ecuador y/o sector público ecuatoriano.

Por las utilidades provenientes de enajenación de bienes muebles o inmuebles en el País.

Aquellos beneficios, regalías de cualquier naturaleza “…….”, patentes, marcas, modelos industriales, nombres comerciales y transferencia tecnológica

Exportaciones realizadas por personas naturales o sociedades con domicilio en Ecuador sean directamente, “…” sucursales o representantes de cualquier naturaleza

Intereses y rendimiento financieros pagados por personas naturales o extranjeras residentes en Ecuador y organismos del sector público.

Los que vienen de rifas, loterías, apuestas, promovidas en el Ecuador.

Los que proceden de herencias, legados, donaciones y hallazgos de bienes en el Ecuador.


Cuando se habla de establecimiento permanente de una empresa extranjera hablamos cuando están ubicadas en el territorio nacional donde efectué sus actividades o parte de ellas. El reglamento incluye o excluye esta expresión según el caso.

EXENCIONES. Articulo 9 de la L.O.R.T.I.

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