Ventana Emergente

viernes, 22 de junio de 2012

IMPUESTO A LA RENTA Y EL RISE


RETENCIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA.

La retención es la obligación que tiene el comprador de bienes y servicios, de no entregar el valor total de la compra al proveedor, sino de guardar o retener un porcentaje en concepto de impuestos.  Este valor debe ser entregado al Estado a nombre del contribuyente, para quien esta retención le significa un prepago o anticipo de impuestos
Toda persona jurídica o persona natural obligada a llevar contabilidad que pague o acredite en cuenta cualquier tipo de ingreso que constituya renta gravada para quien los reciba, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta. Los agentes de retención están obligados a entregar el respectivo comprobante de retención, dentro del término no mayor de cinco días de recibido el comprobante de venta, a las personas a quienes deben efectuar la retención.
Igualmente están obligados a proporcionar al SRI cualquier tipo de información vinculada con las transacciones por ellos efectuadas.
La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero.

QUE SE RETIENE.

Las retenciones es un pago anticipado del impuesto causado por las transacciones realizadas en el año, los porcentajes a retener se dan según el caso:
1% a los bienes.
2 % a los servicios.
8% a los pagos de honorarios profesionales que no ejerzan la profesión (Un Ingeniero que de clases)
10% en los pagos a honorarios profesionales que ejerzan la su profesión
25% en el caso de pago a extranjeros.

EL RISE

El RISE es un  nuevo régimen de incorporación voluntaria, reemplaza el pago del IVA y del Impuesto a la Renta a través de cuotas mensuales y tiene por objeto mejorar la cultura tributaria en el país.

VENTAJAS

·         No necesita hacer declaraciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y por la contratación de terceras personas, como tramitadores, para el llenado de los mismos
·         Se evita que le hagan retenciones de impuestos
·         Entregar comprobantes de venta simplificados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta
·         No tendrá obligación de llevar contabilidad
·         Por cada nuevo trabajador que incorpore a su nómina y que sea afiliado en el IESS, ud.  podrá solicitar un descuento del 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento.

OBLIGACIONES.

·         Pagar su cuota puntualmente o pre pagar el año.
·         Emitir los comprobantes de venta autorizados.

SANCIONES

·         No paga 3 cuotas es clausurado
·         No paga 6 cuotas es excluido, debe ponerse al día y no puede re ingresar al régimen simplificado hasta después de un 24 meses.
·         Además al no pagar se expone a perder todos los beneficios que tiene un contribuyente RISE es decir:

 - Deberá presentar formularios de declaración de IVA y Renta
 - No estará exento de retenciones en la fuente de impuestos
 - Deberá llevar contabilidad en caso necesario
 - Deberán emitir facturas con datos  informativos sobres clientes completos además de notas de venta
TABLA 2011

http://www.fileden.com/files/2010/7/13/2913615/TABLA%20RISE%20A%C3%91O%202011.pdf

WEB GRAFIA

http://www.sri.gob.ec/web/10138/103

http://www.fileden.com/files/2010/7/13/2913615/TABLA%20RISE%20A%C3%91O%202011.pdf





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